Observatorio laboral

Maestro Jesús Alfonso Navarrete Prida
Secretario del Trabajo y Previsión Social del Gobierno Federal.
Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión.
Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la unión.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Convenio 144 de la Organización Internacional del Trabajo y el artículo 2 de la Ley Federal del Trabajo, nos dirigimos a ustedes planteando lo siguiente:

Es del dominio público -y un informe empresarial nos lo confirmó-, que el sector empresarial y la STyPS, tienen consensuados los principales ejes de la reforma de la LFT reglamentaria del artículo 123 de la Constitución.

El OBSERVATORIO LABORAL que se integra por abogados postulantes, representaciones sindicales independientes, académicos especialistas en la temática, organizaciones sociales vinculadas con los trabajadores y estudiantes con inclinación temática por el Derecho Laboral. 

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